Corrección y propiedad
A propósito de la corrección y la propiedad al hablar, en el “primer curso” de su Gramática castellana (1971 [1938]), Amado Alonso y Pedro Henríquez Ureña señalaron que, aunque muchas veces en las gramáticas no se lo hace, conviene distinguir entre tales: mientras que la propiedad, que consiste en usar los términos exactos y apropiados para expresar ideas con precisión y claridad, es «una adecuación interna de la frase al pensamiento que se ha querido expresar» (p. 17), la corrección es «una adecuación externa de la frase a las formas admitidas socialmente como “las mejores”» (p. 17) y consideradas, desde el punto de vista prescriptivo, como “las correctas y adecuadas” en contraposición a “las erróneas e inadecuadas”.
A modo de ejemplos,
en relación con la incorrección léxica, emplear “vinistes” en lugar de “viniste”,
como forma del pretérito perfecto simple de la segunda persona del singular; y,
en relación con la impropiedad léxica, usar “comprensible” en lugar de “comprensivo”
en la oración “Es un profesor muy comprensible”, donde el término comprensible
no es el adecuado, pues refiere a algo ‘que se puede comprender’ o ser
comprendido, mientras que comprensivo sí lo es, ya que indica la ‘capacidad
de comprender’, razón por la que la voz correcta para expresar la idea de un
profesor que entiende y se muestra empático es comprensivo.